Si bien la identificación de bovinos y ganado menor es una práctica ya incorporada por la mayoría de los productores, la principal novedad y necesidad de esta etapa está puesta en los equinos, donde se detectaron mayores dificultades de registro.
El artículo 19 de la norma establece la obligatoriedad de identificar a los equinos, al igual que al resto de las especies, dentro de los plazos correspondientes. Los animales de mayor tamaño deben identificarse antes del año de vida y los de menor antes de los seis meses.
Esta marca permite acreditar la propiedad y agiliza la obtención de las guías de tránsito, además de evitar conflictos entre vecinos, fortalecer los controles y garantizar la trazabilidad ante cualquier movimiento.
Desde la Secretaría de Ganadería remarcan que la identificación en tiempo y forma protege el patrimonio, desalienta prácticas irregulares y contribuye a planificar mejor la sanidad y el manejo de los animales. El sistema es accesible, con registros vigentes por diez años y acompañamiento técnico del Ministerio de Desarrollo Económico y Productivo.
Identificar es un paso simple que da orden, seguridad y valor al esfuerzo de quienes trabajan todos los días en la producción rionegrina.